CE Directrices sobre ayudas estatales medio ambiente y energía 2022
Comunicación de la Comisión — Directrices sobre ayudas estatales en materia de clima, protección del medio ambiente y energía 2022
Se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, las Directrices sobre ayudas estatales en materia de clima, protección del medio ambiente y energía 2022.
El apoyo a los biocarburantes, biolíquidos, biogás (incluido el biometano) y combustibles de biomasa sólo puede aprobarse en la medida en que los combustibles objeto de la ayuda cumplan los criterios de sostenibilidad y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero establecidos en la Directiva (UE) 2018/2001 y sus actos de ejecución o delegados.
Dejan fuera las ayudas para inversiones en vehículos de carretera ligeros y pesados que utilizan gas. Se argumenta que estas tecnologías tienen un potencial significativamente menor en la reducción de la contaminación en comparación con alternativas más limpias e innovadoras
En el apartado 2.4 se recoge la definición de vehículo limpio . Las secciones 4.3.1 y 4.3.2 establecen las condiciones en las que la ayuda estatal para determinadas inversiones destinadas a reducir o evitar las emisiones de CO2 puede facilitar el desarrollo de una actividad económica de manera respetuosa con el medio ambiente y sin perjudicar el transporte entre países.
El epígrafe 4.3 tiene el siguiente desglose:
4.3.1 Ayudas para la adquisición y el arrendamiento financiero de vehículos limpios y equipos de servicios móviles limpios y para la retro adaptación de vehículos y equipos de servicios móviles
4.3.1.1 Justificación de la ayuda (43)
4.3.1.2 Ámbito de aplicación y actividades que reciben ayuda (44)
Podrán concederse ayudas para la adquisición y el arrendamiento financiero de vehículos limpios nuevos o usados y para la adquisición y el arrendamiento financiero de equipos de servicios móviles limpios. También podrán concederse ayudas para la retro adaptación, la readaptación y la adaptación de vehículos o equipos de servicios móviles limpios, en lo que nos interesa: (a) cuando ello les permita ser considerados vehículos limpios o equipos de servicios móviles limpios.
4.3.1.3 Efecto incentivador (44)
El Estado miembro deberá facilitar una hipótesis de contraste creíble sin la ayuda. Cuando la inversión se refiere a la adquisición o el arrendamiento financiero de vehículos limpios o equipos de servicios móviles limpios, la hipótesis de contraste generalmente será la adquisición o el arrendamiento financiero de vehículos o equipos de servicios móviles de la misma categoría y capacidad, que respeten al menos las normas de la Unión, cuando proceda, que se adquirirían o arrendarían sin la ayuda.
La ayuda no deberá superar el coste necesario para facilitar el desarrollo de la actividad económica en cuestión. de manera que aumente el nivel de protección del medio ambiente (es decir, mediante el paso de vehículos convencionales a vehículos limpios y equipo de servicio móvil limpio), en comparación con la hipótesis de contraste sin ayuda.
Como norma general, la ayuda deberá concederse tras un procedimiento de licitación competitivo.
Por lo que se refiere a la retro adaptación de vehículos o equipos de servicio móvil, los costes subvencionables podrán ser los costes totales de la retro adaptación, siempre que, en la hipótesis de contraste, los vehículos o equipo de servicio móvil conserven la misma vida económica sin la retro adaptación.
4.3.1.5 Evitar efectos negativos indebidos en la competencia y los intercambios y balance (46)
4.3.2 Ayudas para la implantación de infraestructuras de recarga o repostaje (47)
4.3.2.1 Justificación de la ayuda (47)
Es necesaria una red global de infraestructuras de recarga y repostaje para permitir el uso generalizado de vehículos limpios y la transición hacia una movilidad de emisión cero. De hecho, un obstáculo especialmente importante para la aceptación por el mercado de vehículos limpios es la limitada disponibilidad de infraestructuras de recarga y repostaje. Además, estas infraestructuras no están repartidas uniformemente en los Estados miembros. Mientras el porcentaje de vehículos limpios siga siendo limitado, el mercado por sí solo tal vez no aporte la necesaria infraestructura de recarga y repostaje
4.3.2.2 Ámbito de aplicación y actividades que reciben ayuda (47)
Podrán concederse ayudas para la construcción, instalación, mejora o ampliación de infraestructuras de recarga o repostaje. Los proyectos también podrán incluir instalaciones para operaciones de recarga inteligente y para la producción in situ de electricidad o hidrógeno renovables o hipo carbónico, conectadas a la infraestructura de recarga o repostaje por medio de una conexión directa, así como instalaciones de almacenamiento in situ de electricidad o hidrógeno renovable o hipo carbónico suministrados como combustible para el transporte. La capacidad nominal de producción de la instalación de producción de electricidad o hidrógeno in situ deberá ser proporcional a la potencia nominal o la capacidad de repostaje de la infraestructura de recarga o repostaje a la que esté conectada.
La ayuda no deberá superar el coste necesario para facilitar el desarrollo de la actividad económica de que se trate de manera que aumente el nivel de protección del medio ambiente.
4.3.2.4 Evitar efectos negativos indebidos en la competencia y los intercambios y balance (49)
Las nuevas infraestructuras de recarga que permitan la transferencia de electricidad con una potencia de hasta 22 kW deberán ser capaces de soportar funcionalidades de recarga inteligentes. De este modo se garantizará que las operaciones de recarga se optimicen y gestionen sin provocar congestión y aprovechando plenamente la disponibilidad de electricidad renovable y los bajos precios de la electricidad en el sistema.